Ya hemos cubierto el parte amistoso. ¿Y ahora qué? Como soy un buen conductor, nunca antes había pasado este trámite.
En este artículo se explicará cómo funciona la tramitación, en cualquier compañía, de un siniestro típico de reclamación de daños y las incidencias más habituales que pueden surgir.
Ya está cubierto el parte, con las indicaciones del artículo sobre la declaración amistosa de accidente de automóviles.
En la parte trasera del parte, ya más tranquilamente en casa, o en la oficina de la compañía o agente se cubre la parte trasera en la que se pide la descripción del accidente, informar si ha intervenido la autoridad y la fecha y firma. También se piden otros datos, pero son de menor importancia.
El siguiente paso es hacérselo llegar a la compañía o agente en los 7 días siguientes a la ocurrencia. Se puede llevar en persona, enviar por correo, escaneado o por fax, siempre con ambas caras. Tiene que llegar con calidad suficiente como para que pueda ser leído sin dudas.
La compañía lanzará una reclamación de daños a la compañía del contrario, aportando los datos del parte.
Posteriormente, la aseguradora del contrario se pondrá en contacto con su cliente para informarle de que ha recibido una reclamación de daños y que debe entregar su copia del parte, si es que todavía no lo ha hecho.
En este punto puede haber varias posibilidades, aunque lo habitual es que ocurra la primera.
El contrario entrega su copia del parte (correctamente cubierto con ambas firmas), aceptando la culpabilidad, el tramitador de la compañía contraria lo contrasta con nuestra reclamación, todo es coherente y comunica a la compañía del perjudicado la conformidad sobre el siniestro, en un plazo mínimo. Si no tuviera las firmas este plazo sería mayor.
Ya con la conformidad de la compañía contraria (implica que asumen el coste), al cliente perjudicado se le preguntará a qué taller desea llevar a reparar su vehículo, para realizar el peritaje de la reparación. Tras ésta, el taller entrega el vehículo al cliente y cobrará la factura de la compañía, que posteriormente recobrará de la del causante.
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